Vigilancia con cámaras en una institución sanitaria: ¿Puede una institución sanitaria, como un hospital o una residencia de ancianos, instalar cámaras?
, por admin, 2 Tiempo mínimo de lectura
, por admin, 2 Tiempo mínimo de lectura
La vigilancia con cámaras en una institución de atención médica, como un hospital o una residencia de ancianos, puede ayudar a proteger la propiedad y los pacientes, los visitantes y el personal. Pero la invasión de la privacidad de estas personas es grande. Por este motivo, las instituciones sanitarias sólo pueden instalar cámaras si cumplen una serie de condiciones. También deben garantizar que la invasión de la privacidad sea la menor posible. Una cámara en una sala de tratamiento o en un baño va demasiado lejos porque podría exponer a personas desnudas.
La institución sanitaria debe tener un interés legítimo en la vigilancia con cámaras. Por ejemplo, prevenir robos o proteger a pacientes, visitantes y personal.
La vigilancia con cámaras en una institución de atención médica solo se permite si es necesario. Esto significa que la institución sanitaria no puede alcanzar el objetivo de otra manera. ¿No existe otra opción que sea menos intrusiva para la privacidad? La institución sanitaria debe comprobar esto primero.
Es posible que la cámara de vigilancia tampoco sea independiente. Debe ser parte de un paquete total de medidas.
La institución sanitaria debe realizar primero una prueba de privacidad. Esto significa que la institución sanitaria sopesa los intereses de los pacientes, los visitantes y el personal frente a sus propios intereses.
¿La institución de atención médica utiliza cámaras de vigilancia sistemáticas o a gran escala para evitar robos o proteger a los pacientes, visitantes y personal? A continuación, la institución sanitaria debe realizar una evaluación de impacto de la protección de datos (DPIA).
Este es el caso, por ejemplo, si la institución sanitaria utiliza para ello vigilancia con cámaras de forma estructural o durante un período de tiempo más largo.
¿La institución de atención médica desea utilizar una cámara oculta (vigilancia con cámara encubierta)? Para ello, la institución sanitaria siempre debe realizar una EIPD. Incluso si la vigilancia con cámara secreta es incidental.
La institución sanitaria debe garantizar que los pacientes, visitantes y empleados sepan que hay una cámara y para qué sirve. Por ejemplo, colgando carteles.
Además, el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) otorga los siguientes derechos de privacidad a los interesados:
Es posible que la institución de atención médica no conserve las imágenes de la cámara más tiempo del necesario. La pauta para esto es un máximo de 4 semanas.
Pero ¿se ha registrado algún incidente, como por ejemplo un robo? La institución sanitaria podrá entonces conservar las imágenes en cuestión hasta que se haya solucionado el incidente.